jueves, 29 de mayo de 2008

Otro Golazo y ni nos enteramos...

¿Quién decidió que la Marihuana es una droga dura?

Nadie EN EL GOBIERNO da la cara, nadie EXPLICA por qué


Hace dos semanas este pasquín sorprendió a todo el mundo contando que el gobierno ciudadano de Bachelet había calificado a la marihuana como droga dura, dejándola en el mismo nivel que, por ejemplo, la cocaína.
La decisión sorprendió a todo el mundo civilizado porque, hasta ahora, no se conocen casos de muertos por sobredosis de marihuana, ni sabemos de estudios que se atrevan a hacer empatar las cualidades o los daños de ambas drogas.

Desde entonces que en The Clinic estamos buscando que alguien nos explique: ¿quién tomó la decisión? Y ¿cuáles fueron los argumentos técnicos que se tuvieron a la vista? Las dos preguntas son fáciles y se basan en el supuesto de que estamos en una democracia y que en ella las decisiones como ésta, que pueden afectar a muchas personas, se toman públicamente y con explicaciones. Pero parece como si la norma hubiera caido del cielo, sin decisión de nadie ni reflexión, ni debate.

Preguntamos en el Conace si la brillantez había sido de ellos, pero dijeron que no sabían, que debió venir del ministerio del Interior. “¡Harboe! obvio”, pensamos. Pero allí nos dijeron que la calificación de marihuana era un asunto del Conace. De vuelta entre los especialistas en droga, la gente a la que le consultamos se molestó y se inquietó. Hablaron del cumplimientos de ciertos acuerdos internacionales, sin especificar nada.

Las preguntas eran fáciles. ¿Quién lo decidió y por qué?

Después de mucho alegato nos enviaron un breve texto firmado por la secretaria ejecutiva del Conace, María Teresa Chadwick ,que dice:

“El 19 de febrero de 2008 se publicó en el Diario Oficial el nuevo Reglamento de Estupefacientes de la Ley 20.000. En sus aspectos centrales, en este reglamento la marihuana pasa de lista dos a lista uno, considerándola una droga capaz de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud”.

“La única consecuencia del cambio reglamentario es que en el caso de tráfico de marihuana no será procedente la rebaja de la pena en un grado prevista en la Ley Nº 20.000 prevista para aquellas sustancias de la lista dos”.

“En lo que se refiere a las personas consumidoras de droga no hay cambio alguno, dado que la ley, en su artículo 50, que se refiere precisamente al consumo, no hace distinción alguna entre una u otra clase de sustancia”.

Hasta un volado nota que en el texto no se contesta ninguna de las preguntas que nos interesaban: ¿Quién decidió y qué argumentos se tuvieron a la vista?

Parace que en el Conace están fumando de la mala.

(robado de http://www.theclinic.cl/c_columnas/col_01.php )

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